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La Participación Ciudadana

Imagen participación Ciudadana en los proyectos del POT y el PRUMS

Este decreto busca consolidar la participación ciudadana en la planificación y desarrollo territorial de Bogotá, garantizando la inclusión y diversidad en la toma de decisiones. 

Participe de forma tal que que el diálogo con los moradores permita la co-creación para establecer estrategias que permitan mejorar las condiciones de habitabilidad de la localidad.

La participación ciudadana contemplada en el Decreto No. 599 de diciembre de 2023, que adopta el Sistema de Participación Territorial del Plan de Ordenamiento Territorial en Bogotá:

Disposiciones Generales

  • Objeto: Fomentar la participación y organización social en la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
  • Definición: Espacio de interlocución entre organizaciones sociales, sectores, grupos poblacionales y la Administración Distrital.
  • Alcance: Local, distrital y regional.
  • Principios: Enfoque de derechos, participación democrática, derecho a la ciudad y derecho a la ciudad para las mujeres.
  • Enfoques: Derechos Humanos, Territorial, Diferencial y Poblacional, Género, Cuidado.

Componentes del Sistema de Participación ciudadana

  • Componentes: Herramientas diseñadas para garantizar la planeación participativa.
  • Herramientas:
    • Consulta Ciudadana: Validar u opinar sobre decisiones y actuaciones.
    • Diálogo: Intercambio de información y co-creación.
    • Comunicación: Estrategias para acceso a la información.
    • Fortalecimiento Ciudadano: Formación sobre el POT.
    • Seguimiento y Evaluación: Progreso y efectividad de actividades participativas.
  • Comités de la Ciudadanía: Establecimiento de comités según intereses comunitarios.

Disposiciones Finales

  • Publicaciones y vigencia: El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Registro Distrital y en la Gaceta de Urbanismo y Construcción de Obra. Si requiere mayor información consulte el siguiente  enlace  dando clic Acá

Sí, el Decreto No. 599 de diciembre de 2023 establece procedimientos específicos para la conformación de los comités y su participación:

Procedimiento para la Conformación de los Comités

  1. Convocatoria: La Administración Distrital realiza una convocatoria pública para la conformación de los comités.
  2. Inscripción: Los interesados deben inscribirse, proporcionando información sobre su organización, sector o grupo poblacional.
  3. Selección: Se seleccionan los miembros de los comités basándose en criterios de representatividad y diversidad.
  4. Formalización: Los comités se formalizan mediante actas de constitución y se les asignan funciones específicas.

Funciones y Participación de los Comités

  • Consulta Ciudadana: Los comités participan en procesos de consulta ciudadana, validando y opinando sobre decisiones y actuaciones del POT.
  • Diálogo: Facilitan el intercambio de información y la co-creación de propuestas con la Administración Distrital.
  • Comunicación: Implementan estrategias para garantizar el acceso a la información relevante sobre el POT.
  • Fortalecimiento Ciudadano: Promueven la formación y capacitación de la ciudadanía en temas relacionados con el POT. La política de protección a moradores es parte vital del POT
  • Seguimiento y Evaluación: Monitorean el progreso y la efectividad de las actividades participativas, asegurando que se cumplan los objetivos del POT.

Estos procedimientos y funciones buscan garantizar una participación efectiva y representativa de la ciudadanía en la planificación y desarrollo territorial de Bogotá. 

Sí, para participar en los comités del Sistema de Participación Territorial del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), es necesario seguir estos pasos:

  1. Solicitud de Inscripción: Los interesados deben presentar una solicitud de inscripción a la Secretaría de Planeación. Esta solicitud debe incluir información sobre la organización, sector o grupo poblacional que representan.
  2. Documentación: Adjuntar la documentación requerida, que puede incluir estatutos de la organización, actas de reuniones, y cualquier otro documento que demuestre la representatividad y legitimidad del grupo.
  3. Evaluación: La Secretaría de Planeación evaluará las solicitudes basándose en criterios de representatividad, diversidad y cumplimiento de los requisitos establecidos.
  4. Notificación: Una vez evaluadas las solicitudes, la Secretaría notificará a los seleccionados y formalizará la constitución de los comités mediante actas de constitución.

Estos pasos aseguran que la participación sea organizada y representativa, permitiendo una colaboración efectiva en la planificación y desarrollo territorial de Bogotá.

La participación ciudadana contemplada Descargue el Formato para solicitud de inscripción de los comités de participación ciudadana.

Descarga Formato Inscripción Comité